¿CÓMO EVALUAR LA IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY GENERAL DE ECONOMÍA CIRCULAR?

Una propuesta basada en auditoría de desempeño.
En un artículo anterior sostuvimos que la aprobación de la Ley General de Economía Circular representa apenas el primer paso hacia un modelo de desarrollo más sostenible; sin mecanismos de seguimiento y evaluación, incluso la mejor legislación puede convertirse en un catálogo de buenas intenciones, la siguiente pregunta es:
¿cómo medir si la política realmente está funcionando?
La respuesta no consiste únicamente en elaborar informes de actividades o contabilizar el número de inspecciones; la verdadera evaluación debe demostrar si las acciones emprendidas están generando cambios medibles en el desempeño ambiental, económico y social del país.
Uno de los errores más frecuentes en la evaluación de políticas ambientales consiste en medir únicamente el cumplimiento de obligaciones legales, por ejemplo, una autoridad puede informar que emitió todos los reglamentos previstos por la ley, capacitó a cientos de servidores públicos o autorizó planes de manejo; sin embargo, estas actividades no responden a la pregunta fundamental: ¿la economía circular está produciendo mejores resultados para el país?
La auditoría de desempeño desplaza el enfoque desde las actividades hacia los resultados. No interesa únicamente cuánto se hizo, sino qué impacto produjo. En ese sentido, los indicadores deberían orientarse a cuatro planos:
- La reducción efectiva en la generación de residuos, expresada por habitante y no en volúmenes absolutos, de modo que un municipio de veinte mil habitantes sea comparable con uno de un millón.
- El aprovechamiento real de los materiales, es decir, qué proporción de lo que se genera regresa a la economía como materia prima secundaria en lugar de terminar confinada.
- La calidad de la disposición final de aquello que no puede aprovecharse: si ocurre en sitios que cumplen la normatividad aplicable o en tiraderos a cielo abierto sin control alguno.
- La capacidad institucional que hace posible lo anterior: normatividad vigente y actualizada, estructura administrativa responsable, presupuesto ejercido e información pública disponible.
Falta un quinto criterio, que rara vez se explicita: cada indicador debe poder construirse con información pública ya existente. Un indicador que depende de un dato que nadie produce no es un indicador, es una aspiración. Lejos de ser una limitación, se trata de una condición de credibilidad, porque sólo aquello que puede replicarse de forma independiente permite verificar los resultados de una política.
Una metodología para evaluar la Ley General de Economía Circular puede estructurarse en dimensiones complementarias para valorar la gobernanza, el desempeño ambiental, económico y social, así como la innovación. Y no hace falta esperar a que la ley produzca efectos para saber si un marco así serviría: los datos que hoy existen ya permiten anticiparlo.
Durante 2024, sólo 222 de los 2,478 municipios y demarcaciones territoriales del país recolectaban sus residuos de forma separada. Más revelador todavía es lo que ocurre después: de aquello que sí se separó, uno de cada cinco kilogramos tuvo como destino registrado un sitio de disposición final. Se separó y se enterró igual.
La explicación no está en la voluntad de los municipios, sino en la infraestructura que los espera al final de la ruta. Ese mismo año operaban en el país 153 plantas de tratamiento de residuos, concentradas en apenas 75 municipios: el 97 por ciento de los municipios del país no dispone de ninguna. Separar sin infraestructura de destino no produce circularidad: un municipio puede cumplir escrupulosamente su obligación de instaurar la recolección diferenciada y no incrementar por ello un solo kilogramo del material que regresa a la economía. Ese desenlace es invisible para una revisión de cumplimiento y evidente para una auditoría de desempeño. En esa distinción se juega buena parte de lo que este enfoque puede aportar.
La implementación de una política nacional requiere distintos niveles institucionales de evaluación. Mientras que las dependencias responsables de instrumentar la política deben realizar un seguimiento permanente de sus programas mediante indicadores de gestión y resultados, los órganos de fiscalización pueden desarrollar auditorías de desempeño para verificar la eficacia, eficiencia, economía y calidad de la implementación.
Por su parte, la academia puede generar metodologías independientes, estudios comparativos e investigaciones aplicadas para proveer conocimiento científico basado en las mejores prácticas, con el fin de fortalecer la evaluación, impulsar la retroalimentación y potenciar la transparencia y la rendición de cuentas en materia ambiental.
En síntesis, una política evaluada genera mayor confianza que una política cuya eficacia no puede demostrarse, por lo que en México se tiene la oportunidad de ir más allá de la simple adopción de modelos internacionales.
La implementación de la Ley General de Economía Circular podría convertirse en el punto de partida para desarrollar un Modelo Mexicano de Evaluación del Desempeño en Economía Circular, basado en indicadores propios, metodologías de auditoría de desempeño y mecanismos de mejora continua.
Esto responde a una restricción técnica, no a una preferencia. El indicador de referencia del marco europeo es la tasa de uso de material circular, de 12.2 por ciento en 2024. Se construye con contabilidad de flujos de materiales a escala nacional, de modo que no puede calcularse en el ámbito municipal. Y es ahí donde nuestra ley deposita buena parte de las obligaciones operativas. Adoptarlo sin adaptarlo dejaría sin medición al nivel de gobierno que ejecuta la política.
Hay además una razón de oportunidad. La información censal más reciente sobre gobiernos municipales retrata al país en 2024, antes de la entrada en vigor de la ley; el siguiente levantamiento ofrecerá la primera fotografía posterior. Ese par de mediciones constituye una línea base con el universo completo de municipios, y las líneas base no admiten reconstrucción retrospectiva: se levantan a tiempo o se pierden para siempre.
Ahí está lo que distingue a este momento. México llega a esta ley con algo que no tenía cuando se aprobaron las anteriores: información pública, municipal y descargable, suficiente para evaluarla desde el primer día. Construir un tablero de desempeño no exige una nueva encuesta, un nuevo registro ni un nuevo presupuesto: exige método.
Ese es el terreno donde la Academia Mexicana de Auditoría al Desempeño puede aportar, y en el que trabajamos: un marco de indicadores que traduzca los principios de la economía circular en mediciones verificables, replicables y comparables entre municipios y entidades. No sustituye a los instrumentos que la propia ley mandata; los antecede.
La economía circular ha sido, hasta ahora, una conversación sobre cómo debe ser la norma. Proponemos abrir la conversación sobre cómo sabremos que funcionó. Es una discusión que conviene a todos: a las autoridades que habrán de demostrar resultados, a las empresas que ajustarán sus procesos y a las comunidades que esperan de esta transición un beneficio concreto.
Y es una discusión que sólo puede sostenerse con evidencia.
Fuentes
Municipios con recolección separada, destino de los residuos separados e infraestructura municipal de tratamiento: INEGI, Censo Nacional de Gobiernos Municipales y Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México 2025, datos abiertos, año de referencia 2024. Cálculos propios.
Tasa de uso de material circular de la Unión Europea: Eurostat, dato correspondiente a 2024, publicado el 19 de noviembre de 2025.


